La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes, por unanimidad de votos, la reforma impulsada por Morena y sus aliados en el Congreso durante el llamado "viernes negro", que permite a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) ser dueña al mismo tiempo de una aerolínea comercial y de varios aeropuertos del país.
Qué resolvió la Corte
Los ministros del Máximo Tribunal declararon constitucional la reforma de mayo de 2023 a las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, impulsada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, con la cual la Sedena pudo convertirse en parte del sector aeronáutico del país.1
Con la modificación avalada, las empresas paraestatales quedaron exentas del candado legal que impedía a cualquier aerolínea ser dueña de más del 5% de una concesionaria de aeropuertos.2 Gracias a esta exención, la Sedena puede ser propietaria simultáneamente de la nueva Mexicana de Aviación —relanzada como parte del "rescate" de la marca histórica prometido por López Obrador— y de 13 aeropuertos, entre ellos el Felipe Ángeles (AIFA), construido en la base aérea de Santa Lucía, Estado de México.1
Lo que hay que saber
- Fecha del fallo
La SCJN resolvió el martes 6 de octubre de 2026, por unanimidad de votos.
- Origen de la reforma
Se aprobó el 28 de abril de 2023 en el Senado, en la sesión conocida como "viernes negro".
- Ponente
El proyecto fue elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf.
- Qué controla la Sedena
Mexicana de Aviación y 13 aeropuertos, incluido el AIFA.

El origen: el 'viernes negro'
La reforma fue aprobada durante el llamado "viernes negro" del Senado, en abril de 2023, cuando Morena y sus aliados votaron en fast track cambios a más de veinte leyes, horas después de recibir instrucciones de López Obrador.3 La oposición impugnó entonces la reforma alegando fallas en el proceso legislativo, un argumento que en la Corte anterior bastaba para invalidar automáticamente una ley, pero que la actual SCJN decidió analizar a fondo caso por caso.4
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, argumentó durante la sesión que no existe "punto de comparación" entre las concesiones otorgadas a empresas del Estado y las otorgadas a particulares.5
Los argumentos de la oposición
Minorías legislativas de oposición en el Congreso alegaron ante la Corte que la reforma viola los principios constitucionales de libre competencia económica, pues abre la puerta a prácticas monopólicas, subsidios cruzados y trato preferencial de los aeropuertos de la Sedena hacia Mexicana, en perjuicio de las aerolíneas privadas.6
En su momento, la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) advirtió que la reforma podía impedir la existencia de condiciones de neutralidad competitiva en el transporte aéreo y la administración aeroportuaria, por lo que recomendó no aprobarla.2
Este Tribunal Pleno considera que, el hecho de que a las entidades paraestatales asignatarias de un aeropuerto, no se les impongan las restricciones que prevén el artículo 29 de la Ley de Aeropuertos, no implica que por sí solo sea inconstitucional.
Sentencia del Pleno de la SCJN

Qué sigue
El máximo tribunal tenía agendado para la misma sesión otro proyecto, también del ministro Irving Espinosa, que avala la reforma que permite a los militares ser asignatarios de trenes de pasajeros, pero el asunto fue aplazado.7
La decisión confirma el control castrense sobre dos piezas clave de la infraestructura de transporte heredadas del sexenio de López Obrador: la aerolínea estatal relanzada bajo el nombre histórico de Mexicana de Aviación y la red aeroportuaria que incluye su principal base de operaciones, el AIFA.1













Comentarios